Aceptación o renuncia de una herencia
Si ha sido usted nombrado heredero en un testamento, desde nuestro despacho especializado en herencias le asesoramos. Tendrá que acudir al Notario conjuntamente con los demás herederos y legatarios para aceptar o, en su caso repudiar la herencia. Le asesoraremos en todo el proceso, incluso para minimizar los costes del impuesto de sucesiones. Nos ocuparemos también del posterior trámite de inscripción registral para el caso que la herencia integrase bienes inmuebles.
En el caso de que uno de los herederos no se pronuncie sobre si quiere aceptar o renunciar a la herencia, existe un procedimiento notarial para obligarle a pronunciarse. Si no lo hace, en Cataluña se entenderá que renuncia.