Legítima
En Catalunya la legítima corresponde al 25% de la herencia neta, es decir, descontando los gastos de última enfermedad y las deudas. Y este 25% se reparte entre todos los legitimarios, que en principio son todos los hijos del fallecido. El heredero o herederos son los obligados a pagar dicha legítima, que pueden pagarla en dinero aunque no lo haya en la herencia.
Desde nuestro despacho especializado en herencias le asesoramos tanto si usted es legitimario y quiere reclamar su derecho, como si usted es el heredero y le reclaman la legítima. Si fuese necesario, reclamamos su legítima judicialmente.